Ésta es la nueva guía de la Inspección de Trabajo en PRL

La publicación de esta actualización busca mejorar la aplicación práctica de la normativa y promover una cultura preventiva real en el tejido empresarial español.

20/10/2025EditorEditor
Accidente Laboral
Accidente LaboralAutónomos que participen están obligados a acreditar por escrito que han realizado la evaluación

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha publicado una nueva guía que actualiza y aclara las obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) que deben cumplir tanto las empresas como los autónomos que participen en proyectos o actividades desarrolladas de forma conjunta. Este documento, de gran relevancia para las pymes y los empresarios individuales, busca reforzar la coordinación entre distintos actores laborales y mejorar el cumplimiento efectivo de la normativa vigente.

Según el artículo 4.2 del Real Decreto 171/2004, las empresas y los autónomos que trabajen en un mismo centro de trabajo deben “informarse recíprocamente sobre los riesgos específicos de las actividades que desarrollen en dicho centro de trabajo, y que puedan afectar a los trabajadores de las otras empresas concurrentes en el mismo”. Este principio se convierte en la base de la colaboración preventiva y obliga a establecer canales de comunicación claros y eficaces entre los distintos participantes.

La guía recuerda que el cumplimiento de estas normas no es solo un requisito formal, sino una responsabilidad directa del empresario. No obstante, la Inspección ha detectado “algunas deficiencias” generalizadas en las empresas, que suelen deberse al desconocimiento o a una aplicación meramente administrativa de las medidas preventivas. Este enfoque “burocratiza en exceso la aplicación de la norma” y, como resultado, reduce la eficacia de los planes de prevención en su propósito fundamental: proteger la salud y la seguridad de los trabajadores.

Refuerzo de las obligaciones preventivas en empresas y autónomos

El nuevo documento detalla que el plan de prevención de riesgos laborales debe incluir información precisa sobre la identidad de la empresa, sus centros de trabajo, la estructura organizativa, los procesos productivos, los canales de comunicación internos y la modalidad de organización preventiva elegida. Todo ello deberá estar “documentado, aprobado por el empresario, asumido por toda la estructura y conocido por todo el personal trabajador”.

El proceso de evaluación de riesgos cobra especial importancia. Este debe ser realizado por personal cualificado, ya sea el propio empresario, un trabajador designado, o un servicio de prevención —propio, mancomunado o externo—, y su metodología debe “proporcionar confianza sobre su resultado”. A partir de esta evaluación, se identifican los posibles riesgos y las medidas preventivas necesarias para mitigarlos, especialmente en ámbitos como los equipos de trabajo, protección individual, riesgos eléctricos o atmósferas explosivas.

En cuanto a las relaciones entre empresas y empresarios individuales, la guía precisa que el empresario titular de un centro de trabajo debe informar a los contratistas y subcontratistas sobre los riesgos existentes, las medidas de emergencia y las instrucciones a seguir. Cuando dichos riesgos sean calificados como graves o muy graves, “las instrucciones se facilitarán por escrito”.

Además, el empresario principal deberá designar una persona o equipo de coordinación en prevención cuando concurran factores de riesgo elevados, alta complejidad en las actividades o dificultades para evitar interferencias entre tareas. Estas funciones podrán ser asumidas por trabajadores designados, miembros del servicio de prevención o técnicos cualificados. Por su parte, los autónomos que participen en actividades conjuntas con empresas están obligados a acreditar por escrito que han realizado la evaluación de riesgos y la planificación preventiva de su actividad antes del inicio de los trabajos. También deben demostrar que sus empleados han recibido la información y formación necesarias en materia de seguridad laboral.

Finalmente, la guía subraya la obligación del empresario de consultar a los trabajadores, o a sus representantes, sobre decisiones que afecten la organización del trabajo, la introducción de nuevas tecnologías, o la elección de equipos y procedimientos que puedan tener impacto en la seguridad y salud laboral.

La publicación de esta actualización busca mejorar la aplicación práctica de la normativa y promover una cultura preventiva real en el tejido empresarial español. No se trata solo de cumplir con los requisitos legales, sino de integrar la prevención de riesgos laborales en la estrategia de gestión de cada organización, reduciendo así la siniestralidad y mejorando la competitividad.

Para contextualizar la situación del colectivo autónomo, cabe recordar que según datos recientes, los autónomos pagan un 35% más por materias primas y suministros que antes de la pandemia, un incremento que limita su capacidad para asumir costes adicionales de cumplimiento normativo (mundopyme.net). Este factor refuerza la necesidad de simplificar los procedimientos de PRL sin perder rigor técnico ni eficacia preventiva.

Lo más visto
Tu título aquí