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La multa con 135.000 euros a Capsa Food por no notificar en plazo la compra de Flor de Burgos, una infracción grave de la Ley de Defensa de la Competencia.
ECONOMÍA & POLÍTICA09/01/2025La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción de 135.000 euros a Corporación Alimentaria Peñasanta (Capsa), propietaria de marcas como Central Lechera Asturiana y Larsa, por incumplir el procedimiento legal en la adquisición de Lácteas Flor de Burgos. Según el organismo, Capsa ejecutó la compra en diciembre de 2023 sin notificarla previamente, un requisito obligatorio según la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia (LDC).
El incumplimiento, conocido en términos legales como "gun jumping", representa una infracción grave del artículo 9.1 de la LDC, que obliga a las empresas a informar a la CNMC sobre sus adquisiciones antes de ejecutarlas. La normativa busca garantizar que las operaciones no alteren indebidamente la competencia en el mercado, especialmente entre los pequeños agentes productivos. antes de ser evaluadas por la autoridad correspondiente.
La adquisición de Flor de Burgos fue formalizada el 27 de diciembre de 2023, pero Capsa no notificó el contrato hasta marzo de 2024, más de tres meses después. La comunicación formal de la operación no llegó a la CNMC hasta el 8 de abril, cuando ya había sido ejecutada. A pesar de este retraso, el organismo aprobó la operación en primera fase el 17 de abril de 2024, considerando que no afectaba negativamente al mercado.
No obstante, en septiembre del mismo año, la CNMC inició un procedimiento sancionador contra Capsa por violar su obligación de notificación previa, calificando la acción como una infracción grave del artículo 62.3.b de la LDC. Tras instruir el caso, el organismo concluyó que la falta de comunicación afectó el cumplimiento de la regulación de competencia y, como resultado, impuso la multa de 135.000 euros.
La resolución permite a Capsa interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses.
Este caso subraya la importancia de cumplir con las normas de competencia en operaciones corporativas, especialmente en sectores regulados como el alimentario. La sanción, aunque moderada en comparación con otras penalizaciones históricas de la CNMC, envía un mensaje claro a las empresas sobre la necesidad de respetar los procedimientos legales antes de formalizar adquisiciones.
En los últimos años, la CNMC ha reforzado su vigilancia sobre el cumplimiento de la LDC para evitar que las operaciones no notificadas puedan alterar los equilibrios competitivos. La sanción a Capsa es un recordatorio para las empresas de que incluso las infracciones formales pueden conllevar multas y retrasos en sus estrategias de expansión.
Con esta decisión, el organismo regulador afirma que su compromiso es el garantizar la transparencia y equidad en el mercado, evitando prácticas que puedan eludir la supervisión. Luego de esta medida, Central Lechera Asturiana y sus accionistas deberán valorar si recurrir la sanción en lo contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, contando con un plazo legal de dos meses, o aceptarla la misma y dejar el precedente para futuras operaciones del mercado en caso de un fallo adverso a la misma.
Con información de Expansión
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