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En la práctica, el nuevo esquema fiscal establece que los pequeños negocios aplicarán tipos situados entre el 21% y el 24% según nivel de ingresos
ECONOMÍA & POLÍTICA05/12/2025
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Durante los últimos ejercicios, el Ministerio de Hacienda ha impulsado una estrategia de alivio fiscal dirigida a pymes y microempresas, especialmente a través de ajustes progresivos en el Impuesto de Sociedades. La reforma aprobada a finales de 2024 marca un punto de inflexión al introducir por primera vez la categoría de micropyme en la normativa, abriendo la puerta a una reducción escalonada de tipos que se extenderá hasta 2029.
Según fuentes de la Agencia Tributaria citadas por este diario, en 2025 coexistirán dos reformas que benefician a los pequeños negocios. Por un lado, seguirá vigente la rebaja aplicada hace dos años, que redujo en dos puntos porcentuales el tipo general para todas las pequeñas empresas. Este ajuste continuará reflejándose en la declaración anual que las empresas presentarán a mediados de 2026.
A ello se suma una segunda rebaja, en vigor desde finales de 2024, que intensifica la reducción de tipos. En palabras de Hacienda, las microempresas podrían llegar a beneficiarse de una disminución de “hasta ocho puntos menos que el resto de negocios”. Estos efectos ya impactarán tanto en la declaración anual como en los pagos fraccionados a partir de 2025.
En la práctica, el nuevo esquema fiscal establece que, en las declaraciones anuales, los pequeños negocios aplicarán tipos situados entre el 21% y el 24% según nivel de ingresos, mientras que en las declaraciones trimestrales estos tipos podrán descender hasta el 19%. Todo ello dentro de un marco transitorio que reducirá de forma gradual la carga fiscal hasta finalizar la década.
La introducción de la figura de micropyme —negocios con una facturación inferior al millón de euros— modifica sustancialmente la tributación de estos operadores. Hasta ahora, tributaban al 23%, dos puntos por debajo del tipo general. Sin embargo, desde 2025, en las declaraciones de 2026, se aplicará un sistema más progresivo:
Por su parte, las empresas con facturación entre uno y diez millones mantendrán en 2025 un tipo del 24% en la declaración anual.
El nuevo calendario fiscal fija además las bases para las declaraciones trimestrales de 2026, en las que micropymes y pymes podrán aplicar ya los tipos reducidos previstos en la reforma. Para las micropymes:
Las pymes situadas entre uno y diez millones de facturación aplicarán un tipo reducido del 23%.
El proceso seguirá profundizándose entre 2027 y 2029. En 2027, las micropymes tributarán al 17% por sus primeros 50.000 euros y al 20% por el resto. De forma paralela, las pymes irán reduciendo un punto anual su tipo impositivo: 22% en 2027, 21% en 2028 y 20% en 2029.
Además, continúa vigente la Ley 28/2022 de Startups, que amplió el tipo reducido del 15% a nuevas categorías de empresas. Este tipo se aplicará a los negocios de reciente creación durante el primer ejercicio con beneficios y los tres siguientes, así como a las denominadas “empresas emergentes”, siempre que cumplan los criterios de innovación y riesgo definidos en la normativa. Tal y como recoge el texto legal, no podrán acogerse las empresas cuya actividad sea continuación de otra ya existente o cuando uno de los socios hubiera desarrollado previamente la misma actividad con una participación superior al 50%.
Para los directivos y empresarios, este nuevo marco tributario abre una ventana estratégica para planificar fiscalmente sus operaciones y anticipar decisiones de inversión, especialmente en sectores con alta presencia de autónomos y pequeños negocios, donde la reducción de tipos puede representar un margen significativo de liquidez adicional. Además, su impacto podría intensificarse en un contexto donde, el tejido empresarial ya muestra señales de dinamismo —con un aumento del 14% en la creación de nuevas sociedades— y donde la fiscalidad se consolida como un factor clave para la competitividad.

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