El TSJ de Cataluña anula el recargo a las compras online

Se había impuesto en operaciones postales online de Barcelona, durante el gobierno de Ada Colau, para asimilarlo al IBI o la tasa de basura en el canal físico

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RepartidorCrédito: El Economista

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado un recargo implementado por el Ayuntamiento de Barcelona, conocido como la tasa Amazon, que se aplicaba a las plataformas de reparto de mercancías por el uso intensivo del espacio público. Esta medida, que se había considerado pionera en Europa, fue introducida en marzo de 2023 durante el segundo mandato de Ada Colau.

El objetivo del recargo era que las plataformas de comercio electrónico contribuyeran al fisco en forma similar a cómo el comercio tradicional paga el IBI o la tasa de recogida de basuras, y estaba dirigido a los operadores postales que facturaran más de un millón de euros en la ciudad, con un tipo impositivo del 1,25% sobre sus ingresos locales, descontando las operaciones no tributarias. La recaudación prevista se situaba en 2,3 millones de euros.

Controversias y Fallos Judiciales

La aplicación del recargo se vio mermada cuando en octubre de 2023, la Audiencia Nacional determinó que Amazon no era un operador postal, eximiéndolo del gravamen. En este fallo empresas como DHL, UPS, Seur, MRW y Correos Exprés, que sí cumplían con los criterios, quedaron afectadas.

Las patronales del sector, representadas por la Organización Empresarial de Logística y Transporte de España UNO y la Asociación Española de Empresas de Mensajería (AEM), presentaron un recurso contencioso-administrativo contra la medida, argumentando que las excepciones eran discriminatorias y que la recaudación destinada a apoyar el comercio local constituía una "ayuda ilegal" encubierta.

El fallo del TSJC sostiene que el recargo es discriminatorio al aplicarse únicamente a los envíos de bienes adquiridos por comercio electrónico y no a otras formas de venta a distancia. Además, cuestiona la clasificación tributaria del recargo, considerándolo más un impuesto que una tasa. La sentencia también sugiere que podría tratarse de un caso de doble imposición, ya que los centros de almacenamiento ya pagan el IBI y los vehículos de reparto, el impuesto de circulación.

Reacciones y Valoraciones con respuesta del Ayuntamiento

La primera teniente de alcalde, Laia Bonet, expresó que el consistorio está considerando recurrir la sentencia, destacando el carácter "innovador y pionero" de la tasa y la necesidad de que las compañías asuman las externalidades negativas de su actividad.

Por su parte, el presidente del grupo del PP, Daniel Sirera, criticó la tasa, calificándola como un afán recaudatorio y sugiriendo que la mejor forma de apoyar al pequeño comercio es reducir impuestos como el IBI y la tasa de recogida de basuras. En tanto que el portavoz de los republicanos, Jordi Castellana, ha abogado por mantener el recargo, argumentando que el uso intensivo del espacio público por las grandes operadoras de comercio electrónico debe ser gravado.

Cabe recordar que el TSJC ha remarcado que:  "si la ordenanza tiene como justificación finalista evitar la carga y descarga en la vía pública para envíos puntuales, «tal protección debe abarcar a todo vehículo susceptible de utilizar de igual forma el dominio público, pero no exclusivamente a los operadores postales que distribuyen bienes adquiridos a través del comercio electrónico", y es este uno de los principales puntos que reclamaban desde la asociación. 


 

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