Empresas afectadas por la DANA pueden acogerse a ERTE

El Ministerio ha especificado que los autónomos tendrán acceso a la prestación por cese de actividad sin necesidad de cumplir con el periodo de carencia

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Trabajadores en el una Nave de Valencia
Trabajadores de una empresa de Valencia

El reciente paso de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) ha generado grandes estragos en diversas comunidades autónomas, afectando tanto a empresas como a trabajadores autónomos. En respuesta a esta catástrofe, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha anunciado una serie de medidas de apoyo para reducir el impacto económico en los negocios y proteger a la ciudadanía en general. A continuación, se detallan estas disposiciones, que buscan facilitar la recuperación en las zonas afectadas.

El Ministerio ha especificado que los trabajadores autónomos tendrán acceso a la prestación por cese de actividad sin necesidad de cumplir con el periodo de carencia habitual. Este cambio representa un alivio significativo, pues permite a los autónomos afectados acceder a la ayuda sin necesidad de haber acumulado el mínimo de doce meses cotizados. Además, el periodo en el que se reciba la prestación no será contabilizado para futuras solicitudes, y al mismo tiempo se considerará como tiempo cotizado. La prestación cubre el 70% de la base reguladora, una medida que permitirá a los autónomos mantener ciertos ingresos mientras reanudan sus operaciones.

Para garantizar que los autónomos estén al tanto de este derecho, el Ministerio ha solicitado a las mutuas que refuercen la comunicación sobre el proceso para solicitar el cese de actividad. Esto será particularmente relevante en las zonas más afectadas, donde muchos trabajadores por cuenta propia han visto paralizadas sus actividades debido a los daños en infraestructura y la falta de acceso a sus espacios de trabajo.

Empresas pueden acogerse con exenciones en las cotizaciones

Por otro lado, las empresas cuentan con la opción de solicitar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor. Esta medida les permite suspender temporalmente la relación laboral de sus empleados o reducir la jornada, lo que facilita ajustar los costes laborales sin necesidad de recurrir a despidos. Desde la última reforma laboral, la normativa permite una mayor flexibilidad en la aplicación de los ERTEs para adaptarse a situaciones de crisis y emergencias.

En el caso de los ERTE por fuerza mayor motivados por la DANA, las empresas podrán acogerse a una exención del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social tanto para la empresa como para los trabajadores afectados. Esta disposición alivia significativamente la carga económica sobre las empresas, a la vez que protege a los empleados al no consumirse su prestación por desempleo durante el periodo de suspensión o reducción de jornada. En resumen, los trabajadores mantendrán su derecho a recibir el 100% de su salario correspondiente a la jornada acordada en el ERTE, y podrán reanudar sus actividades laborales una vez que las condiciones lo permitan.

Asimismo, el Ministerio ha enfatizado que está en constante comunicación con los colectivos de autónomos y los agentes sociales para organizar una reunión en los próximos días, con el objetivo de evaluar nuevas medidas o ajustar las existentes, dependiendo de la evolución de la situación en las zonas afectadas.

Finalmente, para aquellos ciudadanos que perciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV), el Ministerio ha reforzado la atención telefónica para la tramitación de esta prestación, incrementando el personal dedicado en un 40% para responder a las consultas y agilizar los procesos. A partir del lunes, el teléfono de contacto 900 20 22 22 estará disponible para quienes necesiten orientación o asistencia adicional. Sin embargo, algunas oficinas en las zonas afectadas han sufrido graves daños, por lo que se priorizará la atención telefónica y telemática hasta que se pueda restablecer el funcionamiento habitual.

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