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Ha admitido un recurso sobre la posibilidad de revisar si un jefe de Hacienda puede ir en contra del criterio de otro inspector para sancionar a un empresario
ECONOMÍA & POLÍTICA29/07/2024
Editor
El Tribunal Supremo ha admitido un recurso para determinar si un Inspector Jefe de Hacienda puede imponer sanciones a un empresario en contra del criterio de otro inspector que haya llevado el caso y decidido no sancionar. Este recurso, presentado el 3 de julio de 2023 bajo el número de Recurso de Casación Contencioso-Administrativo 5764/2023, busca aclarar si una parte de la Agencia Tributaria puede contradecir el criterio de otra, generando posibles inseguridades jurídicas para autónomos y empresas.
El caso en cuestión involucra a una sociedad mercantil a la que se le abrió un procedimiento de inspección debido a una ganancia patrimonial relacionada con la venta de participaciones sociales. Durante la inspección, el inspector actuario determinó que no había infracción y, por lo tanto, no era necesaria una sanción. Sin embargo, el Inspector Jefe rectificó esta decisión, argumentando que la normativa aplicada no era correcta y que se debía imponer una sanción.
Para los expertos, la resolución de este caso es de gran relevancia. La interpretación del artículo 156.3.d) de la Ley General Tributaria (LGT) y la potestad del Inspector Jefe para modificar las decisiones de sus subordinados podrían sentar un precedente importante. Según Jordi Rovira, socio y abogado fiscalista del despacho AGM Abogados, la decisión del Supremo servirá para establecer si Hacienda puede contradecir sus propias interpretaciones con el fin de sancionar a un empresario.
Rovira destacó que, de acuerdo con el principio inspirador del derecho penal, la Agencia Tributaria debe acreditar la existencia de dolo o culpa para imponer una sanción. Esto se complica si ya existe un pronunciamiento previo de un inspector que exonera al contribuyente de sanción, lo que hace más difícil justificar la sanción por parte de Hacienda.
El Tribunal Supremo ha abordado anteriormente cuestiones relacionadas con las inspecciones y sanciones de Hacienda. En sentencias recientes, se han establecido restricciones sobre las prácticas de la Inspección, como la prohibición de interrogar a los autónomos durante visitas sorpresa. Estas decisiones reflejan la tendencia del alto tribunal a garantizar que las actuaciones de la Agencia Tributaria se ajusten a los principios del derecho penal y administrativo, protegiendo así los derechos de los contribuyentes.
La interpretación que haga el Supremo en este caso será crucial para establecer si una parte de la Administración puede contradecir a otra sin generar inseguridad jurídica. Según Rovira, si el Supremo concluye que las conductas de la inspección colisionan con los principios del derecho penal, se clarificará el procedimiento y se evitarán situaciones en las que el Inspector Jefe pueda imponer sanciones contradictorias.
El recurso admitido por el Supremo tiene el potencial de redefinir la manera en que Hacienda puede imponer sanciones, especialmente en situaciones donde hay discrepancias entre los inspectores. La resolución de este caso no solo afectará a la sociedad mercantil implicada, sino que también tendrá repercusiones significativas para el conjunto de autónomos y empresarios, quienes buscan claridad y seguridad en sus relaciones con la Agencia Tributaria.

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